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Derecho societario

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Derecho concursal

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Ley de segunda oportunidad

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Reestructuración Empresarial

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¿Tienes más dudas?

La respuesta es clara: La Ley de Segunda Oportunidad resulta muy asequible.

En VALMA ABOGADOS ofrecemos una primera consulta, en la que le haremos un traje a medida de acorde a su situación, y se le informará de nuestra tarifa plana. En caso de que finalmente opte por contratar nuestros servicios, se descontará el coste de la primera consulta.

Ahora es el momento ideal para hacer uso de la Ley de Segunda Oportunidad, puesto que los costes se han abaratado mucho, y no sólo hablamos de tanto costes procesales sino también de costes de honorarios en profesionales (Notario/Registrador y Mediador Concursal). 

El problema principal con el que nos encontramos es que los clientes acuden a analizar su situación demasiado tarde, por ejemplo, cuando ya tienen ejecutada su vivienda. Esto dificulta las cosas, pero no las hace imposible de solventar.

Con el cumplimiento de una serie de requisitos (deudor de buena fe, no haber sido condenado por delitos económicos o falsedad de documental en los 10 años previos, no haberte acogido en los 10 años anteriores a una Ley de Segunda Oportunidad, no ser declarado culpable en el concurso, etc.) el deudor tiene derecho a la exoneración de su pasivo, por lo que la respuesta es clara; La Ley de Segunda Oportunidad sí que tiene éxito, y además asegurado.

Pide cita en el teléfono 91 879 31 77

Por un lado, nos podemos encontrar con personas que tienen un préstamo hipotecario que con la subida de tipos de interés les resulta imposible llevar al día sus cuotas hipotecarias.

Ante dicha situación, existe una serie de mecanismos de ajuste que se pueden tramitar con las entidades bancarias, las cuales están obligadas a ello, y que pueden facilitarle una viabilidad para afrontar estos periodos de crisis que se aproximan.

Por otro lado, la persona física puede hacer uso de la Ley de Segunda Oportunidad, como comúnmente se conoce, y tener derecho a la exoneración de sus deudas.

Dicha exoneración alcanza el límite de los 5.000.000 euros como persona física, y en caso de tener un pasivo mayoritario siempre se podrá optar a otro tipo de procedimiento concursal.

¿Qué nos destaca en valma abogados?

procedimientos concursales
1
Años de experiencia
1
Casos de éxito
1